top of page
Foto del escritorFelipe Campos Aguilar

Inscripción del pisco peruano en la Unesco, ¿cuáles son sus efectos?

El conflicto por la denominación de origen del pisco es de larga data y, al día de hoy, no parece tener una solución definitiva.


En las últimas semanas se ha dado a conocer la reciente inscripción por parte del Gobierno peruano ante el Comité Regional para América Latina y el Caribe, del Programa Memoria del Mundo de la Unesco, de cuatro manuscritos que datarían de los años 1587 y 1613 en los cuales se haría referencia a la producción y venta del aguardiente de uva. Según el Gobierno peruano, estos documentos confirmarían que el origen del pisco estaría en Perú, pero ¿qué alcance tiene la inscripción de estos documentos ante la Unesco?


El Programa Memoria del Mundo es una iniciativa internacional propulsada y coordinada por la Unesco, con el fin de procurar la preservación y el acceso del patrimonio histórico documental de mayor relevancia para los pueblos del mundo, promocionar el interés por su conservación, permitiendo su acceso universal, así como también concienciar sobre su importancia a la opinión pública.


A modo de ejemplo, Perú ha inscrito la Biblioteca del General José de San Martín, Argentina ha inscrito los Registros vocales de Carlos Gardel y Documentos del virreinato del Río de la Plata, Brasil, por su parte, ha inscrito el Archivo del arquitecto Oscar Niemeyer y las Colecciones sobre Carlos Gomes, mientras que Chile tiene registrada la Colección de poesía popular chilena impresa: “Lira popular”, entre otros muchos archivos, pero, ¿cuál es el valor jurídico de la inscripción de estos documentos en la Unesco?


Para los efectos del sistema internacional de protección jurídica de Denominaciones de Origen, este registro no tiene valor alguno. Podría haber sido inscrita el acta de la primera Constitución o el acta de nacimiento de un prócer de la patria de algún país, sin embargo es solo eso, documentos o archivos que cada país busca conservar en el Registro Memorias del Mundo de la Unesco (tales como colecciones fotográficas, audiovisuales y sonoras, expedientes judiciales, archivos eclesiásticos, manuscritos antiguos, partituras escritas a mano, impresos y otros documentos “de valor universal"). Cabe aclarar que en los documentos inscritos por el Gobierno peruano no se hace referencia a la expresión pisco, ni tampoco la Unesco ha declarado que el pisco es exclusivamente peruano.


Dicho aquello, es importante saber que nuestro país tiene el documento más antiguo que menciona la palabra pisco, correspondiente a un inventario de bienes efectuado en la Hacienda La Torre, ubicada en el Valle del Elqui, en la cordillera de Los Andes (hoy Pisco del Elqui, comuna de Paihuano, Región de Coquimbo), en el cual se registraron, entre otros productos, "tres botijas de pisco". Dicho documento data del año 1733 (el detalle de este antecedente se encuentra en el siguiente link: Universidad de Valparaíso - “En Chile se encuentran las pruebas más antiguas en el mundo de elaboración del pisco”).


Sin perjuicio de dicho antecedente histórico, cabe indicar que la protección de una Denominación de Origen tiene tres fuentes: la ley, un registro ante la Oficina de Propiedad Industrial del país respectivo, o un tratado internacional, gozando Chile de esta triple protección. Así, la protección jurídica del pisco a nivel local se estableció en el DFL 181, del año 1931, el cual lo consagró como Denominación de Origen para proteger a nuestro destilado local, creando la denominación de origen más antigua de América, siendo complementada por la Ley 18.455 del año 1985. Por su parte, nuestro país ha firmado tratados de libre comercio con diversos países y jurisdicciones, por ejemplo, Estados Unidos (quien reconoce al «Pisco Chileno» como producto distintivo de Chile), Corea del Sur, la Unión Europea, Canadá, China, Japón, Australia, México, Brunéi, Nueva Zelanda, Singapur, Vietnam y Tailandia, en los cuales existe un capítulo referido a la protección del pisco.


De estos ejemplos, y como antecedente reciente, podemos mencionar que en Tailandia fue rechazado un recurso presentado por Perú en 2013, reconociéndose la denominación de origen del pisco chileno en dicho país. En efecto, en 2021, la Corte de Apelaciones de Tailandia falló a favor de Chile, acogiendo los argumentos de un reclamo realizado por la Asociación de Productores de Pisco AG, confirmando el registro de la indicación geográfica Pisco Chile solicitada en dicho país en el año 2007.


Adicionalmente, Chile ha complementado la protección mediante diversos registros ante oficinas de propiedad intelectual y solicitudes que están prontas a convertirse en registros.


De esta manera, nuestros productores pueden comercializar pisco en diversos países en el mundo, dado el reconocimiento expreso de dicho producto a nuestro país. Sin embargo, creemos que es necesario que Chile fortalezca aún más la Denominación de Origen o Indicación Geográfica del pisco a nivel mundial, a través de una estrategia ofensiva en tribunales internacionales, y así poder resguardar y proteger no solo el producto en sí, si no que la identidad cultural, la historia y la tradición nacional que representa el pisco.



Felipe Campos Aguilar


*La información contenida en este blog fue elaborada solo con fines educativos e informativos.

5 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page